Para acceder a estudios de doctorado se tendrá en cuenta lo establecido en el art. 6 del R.D. 99/2011. Más información sobre los tipos de acceso
Consulta el calendario correspondiente al curso 2016-17 aquí
Solicitud de prórroga
(La solicitud debe dirigirse al coordinador/a de la Comisión Académica del programa de doctorado que, una vez resuelta, la enviará a la EDUA para su gestión y archivo en el expediente del estudiante)
Solicitud de prórroga
(La solicitud debe dirigirse al Coordinador/a de la Comisión Académica del programa de doctorado que, una vez resuelta, la enviará a la EDUA para su gestión y archivo en el expediente del estudiante)
Solicitud de cambio de modalidad de enseñanza
(La solicitud debe dirigirse al Coordinador/a de la Comisión Académica del programa de doctorado que, una vez resuelta, la enviará a la EDUA para su gestión y archivo en el expediente del estudiante)
Solicitud de baja temporal
(La solicitud debe dirigirse al Coordinador/a de la Comisión Académica del programa de doctorado que, una vez resuelta, la enviará a la EDUA para su gestión y archivo en el expediente del estudiante)
Solicitud de baja temporal
(La solicitud debe dirigirse al Coordinador/a de la Comisión Académica del programa de doctorado que, una vez resuelta, la enviará a la EDUA para su gestión y archivo en el expediente del estudiante)
Según el Art. 11, apartado 8, del RD 99/2011, las universidades establecerán las funciones de supervisión de los doctorandos mediante un compromiso documental firmado por la universidad, el doctorando, su tutor y su director en la forma que se establezca. Este compromiso será rubricado a la mayor brevedad posible después de la admisión y habrá de incluir un procedimiento de resolución de conflictos y contemplar los aspectos relativos a los derechos de propiedad intelectual o industrial que puedan generarse en el ámbito de programas de doctorado.
El documento de compromiso doctoral (en adelante DCD) se firmará electrónicamente a través de la aplicación de “eAdministración” de UACloud.
El trámite lo ha de iniciar el o la estudiante, seguidamente firmará el profesorado tutor, después el profesorado director de la tesis y, por último, el coordinador o coordinadora del programa de doctorado. A todos los intervinientes en este proceso, a medida que se vaya desarrollando, se les enviará la información necesaria para que sigan los pasos establecidos.
En último lugar, y automáticamente cuando el coordinador o coordinadora hayan firmado electrónicamente, se estampará el sello electrónico de la EDUA dando fin al procedimiento.
Una vez que el DCD es firmado por todas las partes, y también de forma automática, se introduce en el RAPI del o la estudiante y, por lo tanto, queda visible para el profesorado tutor, el profesorado director de tesis y por las personas componentes de la comisión académica. Además, también podrá ser consultado siempre a través de la misma aplicación “eAdministración” de UACloud de todas las personas intervinientes en la firma.
Cuando se produzca cualquier modificación del profesorado tutor y/o director de la tesis se remitirá a la Secretaría de la EDUA, a través de correo electrónico, la comunicación de las modificaciones a introducir, acompañada por una copia del acuerdo de la comisión académica en la que se adopte el acuerdo de modificación. Desde la Secretaría se procederá a realizar los cambios y, una vez hechos, lo comunicará al o la estudiante para que inicie un nuevo proceso de firma digital, lo que generará un nuevo DCD. El anterior se eliminará del expediente del alumno o alumna.
Modelo del documento de compromiso doctoral (DCD) PDF (documento a título informativo)
Estudios sujetos al RD 1393/2007: (BOUA 29 de enero de 2007). En este caso se entiende que el silencio administrativo es positivo, por tanto sólo es necesaria la presentación del informe negativo antes del 30 de septiembre, a partir de esta fecha se renovará automáticamente la tutela académica generándose los correspondientes recibos.
Estudios sujetos al RD 99/2011: apartados 1 y 2 del Art. 19 de la Normativa para enseñanzas oficiales de doctorado de la Universidad de Alicante. (BOUA 31/07/2012
La continuación en los estudios de doctorado implica la tutela académica anual.
Finalizada la matrícula de iniciación de los estudios, la comisión académica (CA) correspondiente designará un tutor o tutora a cada alumno o alumna.
En el caso de que no se asigne un Director de tesis en el momento de la admisión la Comisión académica, habrá de designar un Director de tesis en el plazo máximo de tres meses después de la matriculación.
En el momento de admisión en el programa de Doctorado, a cada doctorando o doctoranda le será asignado por parte de la correspondiente la CA un director o directora de tesis doctoral (podrá coincidir con el tutor o tutora del apartado anterior).
En el caso de que no se asigne en el momento de la admisión la CA, habrá de designar un Director o Directora de tesis en el plazo máximo de tres meses después de la matriculación.
La CA, oído el doctorando o doctoranda, podrá cambiar esta asignación en cualquier momento cuando concurran razones justificadas y lo comunicará a la EDUA para su registro.
La evaluación conjunta del documento de actividades y del plan de investigación que anualmente deberán realizar cada una de las CAs de los PDs será la que determine la continuación o no de los estudios de un doctorando o doctoranda. En el caso de que la evaluación sea positiva, la auto-matrícula en la continuación de estudios se realizará a través del CV.
Este registro incluirá:
Los modelos se encuentran en el apartado "Actuaciones como estudiante" de la página informativa sobre el RAPI
En función de la formación previa del o la solicitante, las correspondientes CAs podrán determinar la necesidad de que se realicen una serie de complementos de formación. Estos complementos de formación serán asignaturas de estudios oficiales de la Universidad de Alicante y no se han de cursar previamente a la matrícula.
La Comisión académica deberá comunicar a la Secretaría Administrativa de la EDUA qué asignaturas se deberán cursar, desde esta unidad se procedará a la correspondiente gestión. El o la estudiante, una vez realizada la matrícula del curso, solicitará a la EDUA la matriculación de dichos complementos y el importe de los mismos se le incluirá en el recibo de tasas de ese curso académico.
En el caso de que la Comisión Académica determine que algún o alguna estudiante esté exento de realizar alguno de los complementos formativos establecidos en el programa de doctorado, deberá comunicarlo a la Secretaría Administrativa de la EDUA para su incorporación en el expediente del o la estudiante.
Hasta que el doctorando o doctoranda no supere los complementos asignados no podrá leer su tesis.
La CA evaluará anualmente el plan de investigación y el documento de actividades.
Escuela de Doctorado de la Universidad de Alicante - Secretaría administrativa
Escuela de Doctorado
Universidad de Alicante
Carretera de San Vicente del Raspeig s/n
03690 San Vicente del Raspeig
Alicante (España)
Tel: (+34) 96 590 3466
Fax: (+34) 96 590 3464
Twitter: https://twitter.com/EduaDoctorat
Facebook: https://www.facebook.com/EscuelaDoctoradoUniversidadAlicante?ref=hl
Para más información: informacio@ua.es, y para temas relacionados con este servidor Web: webmaster@ua.es
Carretera San Vicente del Raspeig s/n - 03690 San Vicente del Raspeig - Alicante - Tel. 96 590 3400 - Fax 96 590 3464